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Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral Artículo 77 Ter México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 12/10/2026

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral
Artículo 77 Ter.

1. Son causales de nulidad de la elección de personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación, adicionalmente a las aplicables previstas en la base VI del artículo 41 de la Constitución Políticade los Estados Unidos Mexicanos:

a)Cuando alguna o algunas de las causales de nulidad previstas en el párrafo 1 del artículo 75 de esta ley, se acrediten en por lo menos el veinticinco por ciento de las casillas instaladas en el territorio nacional, o en el respectivo circuito judicial o circunscripción plurinominal y, en su caso, no se hayan corregido durante el recuento de votos;

b)Cuando en el territorio nacional o en el respectivo circuito judicial o circunscripción plurinominal, no se instale el veinticinco por ciento o más de las casillas y consecuentemente la votación no hubiere sido recibida;

c)Cuando la candidatura ganadora de la elección resulte inelegible;

d)Cuando se acredite el uso de financiamiento público o privado, con excepción del legalmente permitido por la Ley Generalde Instituciones y Procedimientos Electorales, o

e)Cuando se acredite que partidos políticos o personas servidoras públicas beneficiaron o perjudicaron indebidamente una campaña de una persona candidata.

2. Las causales de nulidad señaladas en el párrafo anterior deberán estar plenamente acreditadas y se debe demostrar que las mismas fueron determinantes para el resultado de la elección.



México Artículo 77 Ter Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral
Artículo 1 ...77 77 Bis 77 Ter 78 78 bis ...112

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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